{"id":1217,"date":"2021-12-01T10:09:47","date_gmt":"2021-12-01T13:09:47","guid":{"rendered":"https:\/\/www.inversionessanjuan.gov.ar\/?p=1217"},"modified":"2021-12-01T10:17:43","modified_gmt":"2021-12-01T13:17:43","slug":"san-juan-tendra-su-agencia-provincial-de-ciencia-tecnologia-e-innovacion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.inversionessanjuan.gov.ar\/?p=1217","title":{"rendered":"San Juan tendr\u00e1 su Agencia Provincial de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n"},"content":{"rendered":"<h1 class=\"itemTitle\">Se aprob\u00f3 por unanimidad la Nueva Ley de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n en la C\u00e1mara de Diputados provincial<\/h1>\n<p>La flamante ley propone, entre otras cosas, una nueva institucionalidad para el sistema cient\u00edfico y tecnol\u00f3gico local que comprende la\u00a0<strong>creaci\u00f3n de un Consejo Consultivo Asesor de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n con representantes de diversas instituciones vinculadas a la investigaci\u00f3n cient\u00edfica, la obligatoriedad de la ejecuci\u00f3n de un Plan Estrat\u00e9gico anual<\/strong>\u00a0para la orientaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas relacionadas,\u00a0<strong>el incremento del presupuesto destinado al financiamiento del sistema cient\u00edfico, la creaci\u00f3n de una nueva Agencia Provincial de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n, la creaci\u00f3n de un fondo fiduciario con tres programas destinados a financiar la investigaci\u00f3n cient\u00edfica, los desarrollos tecnol\u00f3gicos y la educaci\u00f3n para la innovaci\u00f3n<\/strong>, entre otros cambios.<\/p>\n<p>La necesidad de esta ley fue planteada primero por la comunidad cient\u00edfica como uno de los objetivos del Acuerdo San Juan 2020, luego impulsada por voluntad pol\u00edtica del gobernador Sergio U\u00f1ac, quien envi\u00f3 un mensaje a la C\u00e1mara de Diputados con el texto del Proyecto de Ley para su tratamiento. La redacci\u00f3n de la ley estuvo bajo la responsabilidad del secretario de Estado de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n, Tulio Del Bono y la participaci\u00f3n de la subsecretaria de Promoci\u00f3n de la Actividad Cient\u00edfica y Tecnol\u00f3gica, Mar\u00eda Ver\u00f3nica (Marita) Benavente. En la tarea de redacci\u00f3n se cont\u00f3 con el apoyo de expertos nacionales e internacionales integrantes de la consultora ISUR, financiada por el Consejo Federal de Inversiones (CFI).<\/p>\n<p><strong>La estructura del sistema local de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n y la redacci\u00f3n de la norma legal que permitir\u00e1 establecer los criterios para su nueva institucionalidad, fue un proceso que implic\u00f3 una intensa participaci\u00f3n democr\u00e1tica de todos los actores institucionales del ecosistema cient\u00edfico y tecnol\u00f3gico local<\/strong>, as\u00ed como tambi\u00e9n, un fuerte trabajo legislativo coordinado por el vicegobernador y presidente nato de la C\u00e1mara de Diputados de la Provincia de San Juan, Roberto Gattoni. Del mismo modo, la presidenta de la Comisi\u00f3n de Educaci\u00f3n, Ciencia y Tecnolog\u00eda, Fernanda Paredes tuvo a su cargo la coordinaci\u00f3n del trabajo lectura y correcci\u00f3n de la norma, junto a diputados y diputadas integrantes de la comisi\u00f3n antes nombrada, adem\u00e1s de coordinar tratamiento con integrantes de las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Labor Parlamentaria, durante cuatro reuniones.<\/p>\n<p>Durante la sesi\u00f3n, Fernanda Paredes, como miembro informante de su comisi\u00f3n, hizo una presentaci\u00f3n ante diputados de todos los bloques del contenido de la ley, su car\u00e1cter estrat\u00e9gico frente a las nuevas demandas de este tiempo y puso de relieve el car\u00e1cter hist\u00f3rico de la jornada que marcar\u00e1 un antes y un despu\u00e9s en el desarrollo Cient\u00edfico y Tecnol\u00f3gico de la Provincia. Asimismo, los diputados Andr\u00e9s Chanampa y Horacio Quiroga resaltaron el car\u00e1cter hist\u00f3rico de una ley que responde al mandato de los constituyentes del a\u00f1o 1986 que incluyeron en el texto de la Constituci\u00f3n de la Provincia de San Juan en su Cap\u00edtulo VI, Art. 99 \u201cEl Estado reconoce a la Ciencia y a la T\u00e9cnica como una de las bases de nuestra civilizaci\u00f3n, como un medio id\u00f3neo para lograr mejores condiciones de vida, resolviendo complejos problemas, superando limitaciones que afecten a la sociedad y para ampliar las fronteras del conocimiento humano sin l\u00edmite alguno\u201d.<\/p>\n<p>Puesta la nueva norma a consideraci\u00f3n de todas las fuerzas pol\u00edticas que integran la c\u00e1mara, la Ley de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n de la Provincia de San Juan\u00a0<strong>se aprob\u00f3 por unanimidad y fue aplaudida por todos los integrantes del cuerpo<\/strong>.<\/p>\n<p>Asimismo, fue dispuesta la creaci\u00f3n de una Agencia Provincial de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n, como entidad aut\u00e1rquica, la que primordialmente tendr\u00e1 a su cargo tres programas que se crean por la presente: &#8220;San Juan Innova&#8221;, &#8220;San Juan Ciencia&#8221; y &#8220;San Juan forma para la Innovaci\u00f3n&#8221;, que junto con el Plan Estrat\u00e9gico Provincial son instrumentos de la pol\u00edtica de ciencia, tecnolog\u00eda e innovaci\u00f3n.<\/p>\n<p>A los fines de lograr la efectividad y eficiencia de dichos Programas fue considerado oportuno la creaci\u00f3n de un fondo fiduciario, cuya administraci\u00f3n estar\u00e1 a cargo de la citada Agencia CTI-SJ, que permitir\u00e1 financiar espec\u00edficamente los proyectos que se desarrollen en el marco de los Programas aludidos.<\/p>\n<p>Esta Nueva Ley est\u00e1 dividida en tres T\u00edtulos. El primero de ellos, est\u00e1 dividido en distintos Cap\u00edtulos: Cap\u00edtulo I: &#8220;Del Sistema Provincial de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n&#8221;; Cap\u00edtulo II: &#8220;De la estructura del Sistema Provincial de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n&#8221;; Cap\u00edtulo III \u201cDel financiamiento del Sistema Provincial de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n&#8221;; Cap\u00edtulo IV &#8220;De la Agencia Provincial de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n&#8221; y, Cap\u00edtulo V &#8220;Del Fondo Fiduciario Provincial de Promoci\u00f3n de la Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n&#8221;. El T\u00edtulo II incluye un Cap\u00edtulo denominado &#8220;De la formaci\u00f3n para la sociedad del conocimiento-. Finalmente, el T\u00edtulo III contempla las &#8220;Disposiciones Finales&#8221;.<\/p>\n<p>Otro punto importante a resaltar es que\u00a0<strong>esta Nueva ley prev\u00e9 el compromiso de la provincia de llegar al 0,25 % del Producto Bruto Geogr\u00e1fico de la Provincia de inversi\u00f3n destinados para Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n, lo que marca una previsibilidad, permitiendo planificar a largo plazo<\/strong>.\u00a0<strong>Este incremento implica casi multiplicar por diez el actual presupuesto que se destina para el \u00e1rea. De esta manera, San Juan apuesta a incrementar los fondos propios, tal como lo estableci\u00f3 la Naci\u00f3n que tambi\u00e9n dispuso alcanzar el 1% del PBI para el a\u00f1o 2032 destinados a CTI<\/strong>.<\/p>\n<p>Este logro es el resultado de un proceso virtuoso de construcci\u00f3n de un nuevo instrumento legal y nuevas instituciones que contribuir\u00e1n decididamente con el Desarrollo Cient\u00edfico Tecnol\u00f3gico de la Provincia de San Juan a tono con las demandas humanas y sociales del Siglo XXI.<\/p>\n<p>Fuente: Si San Juan<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Se aprob\u00f3 por unanimidad la Nueva Ley de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n en la C\u00e1mara de Diputados provincial La flamante ley propone, entre otras cosas, una nueva institucionalidad para el sistema cient\u00edfico y tecnol\u00f3gico local que comprende la\u00a0creaci\u00f3n de un Consejo Consultivo Asesor de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n con representantes de diversas instituciones vinculadas a la investigaci\u00f3n cient\u00edfica, la obligatoriedad &#8230; <\/p>\n<div><a href=\"https:\/\/www.inversionessanjuan.gov.ar\/?p=1217\" class=\"more-link\">Read More<\/a><\/div>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":1218,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[14],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.inversionessanjuan.gov.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1217"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.inversionessanjuan.gov.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.inversionessanjuan.gov.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.inversionessanjuan.gov.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.inversionessanjuan.gov.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=1217"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/www.inversionessanjuan.gov.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1217\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1226,"href":"https:\/\/www.inversionessanjuan.gov.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1217\/revisions\/1226"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.inversionessanjuan.gov.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/1218"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.inversionessanjuan.gov.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=1217"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.inversionessanjuan.gov.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=1217"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.inversionessanjuan.gov.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=1217"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}